voluntario¿Voluntario o Contratado?

Tenemos que saber que  los monitores, entrenadores y empleados que NO reciben un sueldo, NO  tienen que estar “de alta en la Seguridad Social” , este es el primer paso.

A continuación hay que desarrollar todo el proceso por el cual un club puede tener entre sus filas a VOLUNTARIOS. Adecuarse a la normativa de Voluntariado como entidad, para poder tener voluntarios.

La ley del Voluntariado de Andalucía obliga a una serie de requisitos para  ser entidad con capacidad para tener en sus filas a VOLUNTARIOS. Cumplir estos requisitos es fundamental para poder contar con personal de Voluntariado.

Estos requisitos son los estipulados en el el Art. 15 de la Ley de Voluntariado de Andalucía. Os lo comentamos:

Solicita consulta pinchando aquí. 

LEY 7/2001, de 12 de julio, del Voluntariado.

 Artículo 15 .Deberes.

Las entidades que desarrollen programas de acción voluntaria deberán:

a) Cumplir los acuerdos establecidos con las personas voluntarias en el compromiso de incorporación.

b) Asegurar a las personas voluntarias contra los riesgos de accidente y enfermedad, así como respecto a los daños y perjuicios ocasionados a terceros, derivados directamente del ejercicio de la actividad voluntaria organizada por la entidad, con las características que se establezcan reglamentariamente.

c) Cubrir los gastos que pudieran derivarse de la acción voluntaria, dotándola de los medios adecuados para el cumplimiento de sus cometidos y reembolsando a las personas voluntarias los gastos que les ocasione el desarrollo de su actividad, siempre que hayan sido previamente autorizados por la entidad.

d) Facilitar la participación de las personas voluntarias en la elaboración, ejecución y evaluación de los programas y actividades en que intervengan.

e) Proporcionar a las personas voluntarias la formación y orientación necesaria para el desarrollo de sus actividades, dotando a las personas voluntarias de los conocimientos teóricos y prácticos precisos y garantizando el oportuno reciclaje a lo largo de su etapa como voluntario.

f) Facilitar a las personas voluntarias una acreditación que les habilite e identifique para el desarrollo de su actuación.

g) Expedir a los voluntarios un certificado que acredite su participación en los programas de acción voluntaria en que hayan colaborado.

h) Llevar un registro de altas y bajas de las personas voluntarias que colaboren con la entidad, con indicación de los programas a los que estuvieran adscritos.

i) Garantizar a los voluntarios la realización de su actividad en las debidas condiciones de seguridad e higiene en función de la naturaleza y características de aquéllas.

Para adecuar y regularizar tu club debes contar con el mejor asesor, si  no cuentas con uno puedes ponerte en contacto con nosotros, te asesoraremos cómo hacerlo para que la regularización sea lo más fácil para el club y menos costoso.